Tte. Katiuska Fabelo Linares.
Introducción:
A partir del estudio de los documentos de estudio que me has proporcionado en el curso de Educación Ambiental, se observa con frecuencia las diferencias y semejanzas que existe entre el Medio Ambiente (MA) y Educación Ambienta (EA). Mientras el MA constituye el conjunto de condiciones naturales, sociales y culturales que sostienen la vida , la EA es el proceso pedagógico que busca transformar la relación de las personas con ese entorno. La Ley150/2022 en Cuba ofrece un marco jurídico que permite superar esta contradicción, al reconocer el derecho a un medio ambiente sano la obligación de promover la educación ambiental como vía para garantizar la sostenibilidad y la seguridad humana.
El Medio Ambiente como objeto de protección. El Medio Ambiente (MA) es un sistema complejo que integra naturaleza y sociedad. Incluye los recursos naturales, el ecosistema, así como los elementos culturales y la social que condicionan la vida humana. La Ley 150/2022 lo define como patrimonio común que debe ser protegido, gestionado y conservado para las generación presente y futuras.
En la Disciplina Táctica de Protección Contra las Armas de Exterminio en Masa (PCAEM), el MA adquiere una relevancia particular, pues las Armas Química, Biológicas y Radiológicas y nucleares generan impactos devastadores sobre los ecosistemas y la salud humana. Por tanto, el MA se convierte en objeto de estudio, análisis y protección, ya que comprende su vulnerabilidad es esencial para deseñar estrategias de defensa, mitigación y respuestas ante incidentes con AEM.
Desarrollo:
La Educación Ambienta como proceso pedagógico: La Educación Ambienta (EA), en cambio, es un proceso formativo orientado a crear conciencia crítica, valores y actitudes responsables hacia el MA. Según la Ley150/2022, el EA es un deber del Estado y de las instituciones educativa, y debe ser transversal en todos los niveles de enseñanza.
En la Disciplina de Táctica de PCEAM, la EA se expresa en.
La compresión de los efectos ambientales de las armas de exterminio en masa.
El análisis de riesgo ecológicos asociados a sustancias toxicas, agente biológicos o radiaciones.
La formacion de una actitud responsables hacia a prevención, la gestión, de emergencias y la reducción de impactos ambientales.
La EA nos se limita a transmitir conocimientos técnicos, implica una formacion integral que articula ciencia ética, seguridad y sostenibilidad.
Superación de la contradicción EA - MA:
La confusión entre EA y MA: surge cuando se considera que ambos conceptos son equivalentes. Sin embargo, la contradicción se supera al reconocer que.
El MA es el objeto de estudio y protección.
La EA es el proceso pedagógico que utiliza el MA como contenido para formar ciudadanos responsables y profesionales competentes.
La Ley 150/2022 refuerza esta distinción al establecer que la EA es obligatoria y transversal, mientras que el MA, es el patrimonio que protege. En la Disciplina de Táctica de PCAEM, esta relación se evidencia claramente: el MA es el entorno que puede ser afectado por agentes peligrosos, y la EA es el proceso que prepara a los estudiantes para prevenir, mitigar y responder ante ese riesgo de contaminación.
Mi práctica docente. EA, MA o ambos.
Como docente de la Disciplina Táctica de PCAEM, trabajo principalmente la EA, porque el objetivo central es formar conciencias, responsabilidad y capacidad de respuestas ante amenazas que afectan directamente al MA y a la salud humano.
Sin embargo, el MA esta presente de manera constante como contenido y referencia técnica. Por ejemplo:
Al estudiar los efectos de un agente químico sobre el ecosistema del terreno donde se da las clases prácticas, el MA es el objetivo de análisis.
Al evaluar la contaminación radiológica del suelo tras un incidente, el MA es el elemento afectado.
Al diseñar actividades Tácticas de PCAEM, se considera los ecosistemas vulnerables y la población expuesta.
No obstante, el enfoque pedagógico es EA, pues busca que los cadetes comprendan, valoren y actúen de manera responsable y sostenible. Así, ambos conceptos se integran, pero con funciones distintas:
El MA como contenido técnico y objeto de protección.
El EA como proceso formativo que orienta la acción.
Conclusiones
. La Ley 150/2022 establece un marco claro: el MA es el objeto de protección y gestión. Mientras que la EA es el proceso pedagógico que garantiza la sostenibilidad y la seguridad. Mi posición es que en la práctica docente dentro de la Disciplina Táctica de PCAEM, se trabaja fundamentalmente EA, apoyándose en el MA como contenido esencial. Esta distinción permite superar la contradicción conceptual y asegurar coherente entre teoría y práctica, formando profesionales capases de enfrentar los retos ambientales, tecnológicos y de seguridad que caracterizan el mundo contemporáneo.
Referencias bibliográficas:
Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba (2022). Ley N.º. 150/2022, Del Sistema de los Recursos naturales y Medio Ambiente. Gaceta Oficial Nº. 87 ordinaria, 13 de septiembre de 2023. Ministerio de Justicia
Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba (2019). Constitución de la República de Cuba. Gaceta Oficial N.º. 5 extraordinarias, 10 de abril 2019 Ministerio de Justicia